Declaración de Templos Jubilares en la Diócesis con motivo del Año Jubilar por los 800 años del tránsito de San Francisco de Asís

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Nuestro Obispo, Monseñor Bartolomé Buigues Oller, mediante decreto comunicado el pasado 16 de enero, ha declarado Templos Jubilares en el territorio diocesano, y hasta el 4 de octubre de 2026, los templos parroquiales de:

  • Parroquia San Antonio de Padua, en Belén
  • Parroquia San Antonio de Padua, en San Antonio del Tejar
  • Parroquia Santo Padre Pío, en Tacares de Grecia

todo ello con motivo del Año Jubilar por los 800 años del tránsito de San Francisco de Asís.

El privilegio de esta distinción responde a la espiritualidad franciscana que estos templos custodian bajo la advocación de sus santos patronos.

Asimismo, se reafirma para toda la Diócesis la consideración como Iglesias Jubilares de todas las iglesias pertenecientes a los Frailes Menores (O.F.M.), Conventuales (O.F.M. Conv.), Capuchinos (O.F.M. Cap.), así como de las Clarisas y de la Orden Franciscana Seglar, tanto regular como secular, conforme a su derecho propio y al decreto de la Penitenciaría Apostólica.

Para obtener la Indulgencia Plenaria se requiere:

  • Confesión sacramental
  • Comunión eucarística
  • Orar por las intenciones de Su Santidad el Papa
  • Peregrinar a un templo jubilar y participar devotamente en un rito sagrado, o al menos dedicar un tiempo de meditación, concluyendo con el Padre Nuestro, el Credo y la invocación a San Francisco de Asís

La Diócesis invita a todos los fieles a acoger esta gracia como un tiempo de conversión, reconciliación y renovación espiritual, participando activamente en la vida sacramental de la Iglesia